ARGENTINA

Hasta el momento, Migraciones no ha dispuesto ninguna excepción de atención de la agencia, usualmente la entidad sólo suspende su atención durante los feriados nacionales. De igual modo, la entidad no ha establecido un límite para las presentaciones, pero estas sólo pueden solicitarse de manera presencial los días de atención al público.

Así mismo, los requisitos actuales para el ingreso al país son los siguientes:

Para argentinos nativos y extranjeros residentes en el país

  1. Completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
  2. Hasta el 16 de diciembre a las 00:00 hs. puede optar por PCR negativo o realizar cuarentena.
  3. A partir del 16 de diciembre las 00:00 hs. debe presentar PCR negativo OBLIGATORIO.

Para extranjeros nativos o con residencia en paises limitrofes

  1. Completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
  2. PCR negativo (no más de 72 hs. previas a embarcar), adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque.
  3. Seguro médico Covid-19, adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque.

Para extranjeros con familiares directos de nacionalidad argentina y residentes en el pais

  1. Podrán realizar gestión ante:

CONSULADOS

  • “Visa por reunificación familiar” cuesta entre 350 y 550 dólares y habilita al extranjero a solicitar la residencia permanente en Argentina. Pasos:
  • Presentar certificado de nacimiento, matrimonio o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar
  • Cancillería de intervención a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar el ingreso.
  • Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica con PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque)
  • Presentar PCR negativo físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

  • Para visita de familiar argentino (no permanente) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m). Pasos:
  • Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes.
  • Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
  • Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19.
  • Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.

En relación con la documentación, los extranjeros residentes en el país deben presentar la siguiente documentación personal para ingresar y/o salir del país:

  • Pasaporte
  • DNI argentino. Si la prórroga de la residencia está en trámite, Certificado de Residencia Precaria o Disposición que otorga la prórroga de la residencia, según corresponda.
  • Partida de nacimiento de los menores de edad apostilladas/legalizadas y traducidas al español, si corresponde. Asimismo, se deberá contar una Autorización de Viaje si los menores viajan con uno solo de los padres, con un tercero o solos.

PERÚ

En el Perú todos los organismos públicos, incluida la Superintendencia Nacional de Migraciones atenderán sólo hasta las 12:00hs del 24 y 25 de diciembre. Es decir que no atenderán los días 25 de diciembre y 1 de enero debido a los feriados públicos.

Respecto de los trámites, estos podrán iniciarse sin ningún inconveniente debido a que se presentan por la agencia virtual y los plazos se contabilizan en días hábiles / laborables. Finalmente ningún miembro del equipo saldrá de vacaciones motivo por el cual seguiremos atendiendo con normalidad durante el mes de diciembre.

COLOMBIA

Migración Colombia atenderá el 24 de diciembre hasta las 12:00hs y no habrá servicio el día 25 debido a los feriados públicos. El 31 de diciembre solo atenderán hasta las 12:00hs y el 1 de enero no habrá servicio debido a los feriados públicos.

El Ministerio de Relaciones Exteriores continua con el servicio de manera online, los tramites de visa que estén en estudio continúan de la misma forma.

Por el momento ningún miembro del equipo Colombia saldrá de vacaciones motivo por el cual seguiremos en nuestra labor durante el mes de diciembre.

VENEZUELA

En el caso de Venezuela es muy difícil estimar que podemos hacer o no, ya que impera el tema de la improvisación, nuestra oficina se encuentra atenta a la disposición de directrices del Estado para los diferentes procesos.

Durante las fechas de feriados nacionales 24,25,31 diciembre de 2020 y 01 de enero de 2021, no prestaremos servicios debido a los feriados públicos.

Cabe señalar que, a partir del 13 de diciembre, el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) declaró el cierre de los vuelos comerciales desde y hacia Venezuela para las rutas santo domingo y Panamá, quedando solo operativas las rutas de México, Bolivia y Turquía y sólo con la línea aérea del estado CONVIASA.

CHILE

Hasta el momento no se ha informado ningún cierre de actividades ni suspensión de plazos por parte Departamento de Extranjería. Por lo general, las oficinas de extranjería de Chile mantienen sus actividades con regularidad, salvo por los días festivos de 25,31 diciembre de 2020 y 01 de enero de 2021.

MÉXICO

El Instituto Nacional de Migración en México, tendrá cierre de actividades desde el 25 de diciembre hasta el 1 de enero de 2021. Se recibirán solitudes de trámites hasta el 24 de diciembre al medio día, posteriormente los tiempos de resolución y vencimientos quedarán detenidos hasta el 4 de enero de 2021 que se reiniciarán formalmente las actividades. El periodo vacacional no será considerado para efectos de vencimientos. En caso de requerir un permiso de salida y regreso deberá solicitarse directamente en aeropuerto, preferentemente con 24 hrs. de anticipación y quedará a juicio de dicha oficina la aceptación o rechazo de la solicitud.

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