ARGENTINA

  • Desde el pasado 16 de marzo el gobierno tomó la decisión de cerrar por un período de 15 días, un plazo que puede ser prorrogable, sus fronteras; nadie podrá ingresar, salvo los argentinos nativos o extranjeros residentes en Argentina.
  • Vuelos especiales para repatriar a los argentinos varados en el exterior.
  • A partir del viernes 20 de marzo la población del país deberá permanecer en sus casas hasta, al menos, el 31 de marzo. El gobierno ha decretado el aislamiento obligatorio, sólo se permite salir de sus casas para acudir a los servicios sanitarios y para comprar medicamentos e ir al supermercado.
  • Todas las oficinas administrativas han quedado cerradas.

BRASIL

  • Desde el día 23 de marzo de 2020, se restringe, por un período de treinta días, la entrada a Brasil, por vía aérea, de extranjeros de los siguientes países: República Popular de China; Miembros de la Unión Europea, Islandia, Noruega, Suiza, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Comunidad de Australia, Japón, Federación de Malasia, República de Corea.
  • La restricción de entrada en el país no se aplica a brasileño, nacido o naturalizado; inmigrante con autorización previa para residir en territorio brasileño profesional extranjero en misión al servicio de una organización internacional y que debidamente identificado, empleado extranjero acreditado ante el gobierno brasileño, extranjero que ingrese para reunirse con un familiar ciudadano brasileño nacido o naturalizado que se encuentra en territorio nacional; extranjero cuya entrada está autorizada específicamente por el Gobierno. Brasileño en vista del interés público, extranjero titular de un Registro Nacional de Migración o transporte de carga.

CHILE

  • Cuarentena obligatoria para todo extranjero o chileno que llegue al país, cualquiera sea su origen.
  • Aduana Sanitaria en el cruce marítimo y aéreo del Estrecho de Magallanes, con autorización limitada de desplazamiento.
  • Prohibición de tránsito hacia segundas viviendas, especialmente hacia aquellas localidades que concentran alta densidad.
  • El Gobierno de Chile decretó el toque de queda nacional en las 16 regiones del país como una de las medidas del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por la pandemia del Covid-19.
  • Se ha establecido un control policial muy estricto apoyado por las Fuerzas Armadas por lo que se han desplegado 20.400 efectivos, que también se encargan de resguardar la infraestructura crítica del país.

COLOMBIA

  • Desde el 23 de marzo prohibición de llegada de vuelos internacionales al país, se restringirá el acceso de viajeros extranjeros internacionales por un período de 30 días y la suspensión, además, de los pasajeros en tránsito en los aeropuertos.
  • El Gobierno ordena aislamiento obligatorio en toda Colombia por 19 días. Desde el 24 de marzo hasta el 13 de abril, el país estará en cuarentena.
  • Por el momento, siguen operando los servicios virtuales de atención al ciudadano.

ECUADOR

  • Se declaró el Estado de Excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, el alcance de la misma fue: i) Se suspendió el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación y reunión.
  • Se suspendió la jornada presencial de trabajo para todos los trabajadores y empleados del sector público y del sector privado.
  • Se dispuso la suspensión de la jornada laboral de los servidores que integran la Función Judicial, en los órganos administrativos, jurisdiccionales (juzgados y tribunales), autónomos (notarías) y auxiliares (fiscalía, defensoría pública).

ESPAÑA

  • Cierre de fronteras durante 30 días, salvo para los nacionales que vuelvan a su residencia y otras excepciones entre ellas las diplomáticas.
  • Declaración del Estado de Alarma a partir del sábado 14 de marzo durante 15 días, extendido desde el día 23 de marzo por 15 días adicionales hasta el 11 de abril.
  • Pese a las medidas adoptadas y la consiguiente ralentización de los procedimientos y trámites afectados, la Administración continuará trabajando para, en la medida de lo posible, seguir adelante con la tramitación de aquellas solicitudes presentadas antes de la declaración del estado de alarma que cuenten con una propuesta de resolución favorable o se encuentren estimadas por silencio administrativo en el ámbito de la Ley 14/2013. Asimismo, se fomentará la presentación telemática de solicitudes, ante la imposibilidad temporal de su presentación por comparecencia personal o a través de las oficinas de asistencia en materia de registro, según el caso.
  • La limitación a la libertad de circulación y las medidas de contención de la propagación del Coronavirus han determinado la suspensión de la atención presencial por parte de la mayoría de las Administraciones Públicas en servicios públicos no sanitarios o similares ha supuesto la suspensión temporal de las citas para la solicitud de documentación de ciudadanos extranjeros y para la presentación presencial de solicitudes de autorizaciones iniciales de residencia y otros trámites que exigen la comparecencia personal, incluyendo la cancelación de las citas ya reservadas para estos trámites.

ESTADOS UNIDOS

  • Estados Unidos suspende la entrada de extranjeros desde 26 países de Europa.
  • El gobierno anunció el "cierre temporal" de la frontera con Canadá a todo el "tráfico no esencial", aunque precisó que "el comercio no se verá afectado", para combatir la pandemia.
  • Las Embajadas y Consulados cancelaron todas las citas para la tramitación de visados ordinarios de inmigrantes y no inmigrantes desde el 20 de marzo de 2020.
  • Ha sido declarado el estado de cuarentena en 10 estados, California, Nueva York, Illinois, Oregón, Washington, Nueva Jersey, Connecticut, Luisiana, Delaware y Ohio.
  • El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunciaron que la fecha límite de la presentación del impuesto federal se extiende desde el 15 de abril de 2020 hasta el 15 de julio de 2020.

MÉXICO

  • Revisión aleatoria de pasajeros en vuelos y cruceros internacionales, aún no se han emitido restricciones de ingreso a puertos y aeropuertos.
  • Intensa campaña de información sobre los cuidados personales para prevenir un contagio.
  • El Gobierno ha decretado la “Jornada Nacional de Sana Distancia”, denominando así el confinamiento domiciliario de la población, desde el lunes 23 de marzo hasta el domingo 19 de abril.
  • Hasta el momento el Instituto Nacional de Migración sigue trabajando de forma normal, no obstante, ha publicado un boletín por el cual anuncia la implementación de una serie de medidas sanitarias preventivas que aplican hasta el próximo día 17 de abril. Entre ellas, se establecen turnos con horarios preestablecidos para evitar la concentración de usuarios en las zonas de ingreso.

PERÚ

  • Aislamiento obligatorio de cuarentena total del país durante 15 días calendario, a partir del lunes 16 de marzo de 2020.
  • El cierre total de fronteras también desde el lunes 16 de marzo de 2020; así como la suspensión del transporte interprovincial también a partir del lunes 16 de marzo de 2020.
  • El Estado de Emergencia restringe el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
  • Quedaron cerradas todas las entidades administrativas, en un principio, hasta el 31 de marzo.

VENEZUELA

  • Desde el pasado 15 de marzo, suspensión de vuelos a Venezuela desde Europa, Colombia, Panamá y República Dominicana por 30 días.
  • Desde el lunes 16 de marzo el gobierno anunció cuarentena obligatoria en siete estados, Caracas, La Guaira, Miranda, Zulia, Táchira, Apure y Cojedes.

 

 

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