Este mes ha sido publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la lista de traductores e intérpretes jurados autorizados por el propio Ministerio de Asuntos Exteriores, y que por tanto están habilitados para realizar traducciones e interpretaciones.

Para solicitudes migratorias en España, las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano tendrán carácter oficial si han sido realizadas por quien se encuentre en posesión del título de Traductor-Intérprete Jurado que otorga el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

*** Si tiene alguna pregunta o desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros, un consultor experto de EMS le asesorará según sus necesidades. 

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