En fecha 22 de julio de 2022, se publicó Resolución 5477 donde se dictó, importantes disposiciones en materia de visados en Colombia, y comenzará a regir dentro de los próximos 90 días: 

En la misma, se debe tener en cuenta que deroga las resoluciones Nro.1980 del 19/03/2014, y Nro.6045 del 2/08/2017, y trae cambios significativos como: 

  • Configuración de supuestos como Visados Visitante, que anteriormente se consideraban Visados Migrantes. 
  • Se formaliza expresamente, el imperativo de convalidación académico de forma integral, para aquellos visados de trabajo que correspondan. 
  • Se crean nuevos visados como: a) Nómada Digitales, b) corresponsal permanente, c) empresarios TLC, d) practica laboral, e) Acuerdo Andino, f) Visados "V" de cortesía, entre otros. 
  • La Visa de Rentista, se encuadra dentro de la categoría de visados “V” (no aplicará acumulación de tiempo de permanencia para aplicar a residencia). 
  • Se especifica el vínculo con nacional colombiano/a en la categoría Migrante, estableciendo: a) Cónyuge de nacional colombiano, y b) Compañero permanente de nacional colombiano. 
  • Se modificar la visa para padre o madre de nacional colombiano, como Visa para Migrante, por lo que deberá acumular tiempo para aplicar a residente (actualmente el padre o madre de nacional colombiano aplicaba inmediatamente a la visa residente). 
  • Se implementa la visa de residente, por aplicación del Estatuto Temporal de Protección para migrantes de Venezuela. 

Asimismo, el equipo de EMS Colombia, seguirá actualizando los cambios que con esta medida se vayan produciendo, y está a disposición de aclarar y apoyar ante cualquier duda o consulta.

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