El Registro Civil ha presentado cambios en su atención tanto para chilenos, como para aquellos extranjeros que van obteniendo sus residencias de parte del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG).

En la actualidad, el Registro Civil y el SERMIG trabajan de forma conjunta, y esto ha traído consigo que los extranjeros deban verificar, antes de acudir al Registro Civil, si se encuentran habilitados o no en el Registro Civil para solicitar su RUT; esto abarca tanto a visas temporales por primera vez, como a sus renovaciones y residencias definitivas.

Ahora bien, se debe tener en cuenta que ocurre en cada situación:

  • Habilitados: Si un extranjero se encuentra habilitado quiere decir que el Servicio Nacional de Migraciones ha remitido la información del extranjero al Registro Civil; cuando un extranjero cuenta con la habilitación, no es necesario que el extranjero lleve documentación adicional el día de la cita de solicitud de RUT.
  • No habilitados: Recientemente, hemos observado que se les ha permitido a los extranjeros no habilitados tomar citas en el Registro Civil para solicitar su RUT, pero en estos casos, según han informado los funcionarios del Registro Civil, el extranjero debe acudir con copias de distintos documentos que permitan el avance de la solicitud (pasaporte, Estampado Electrónico, sello de ingreso a Chile).

Plazos del Registro Civil.

El Registro Civil esta presentando retrasos para el otorgamiento de citas para la solicitud de RUT, llegando a presentar demoras de hasta 2 meses entre la fecha en que se solicita la cita hasta la fecha para acudir a realizar el trámite.

Esto ha presentado inconvenientes para los extranjeros, ya que la ley de migraciones especifica que todo extranjero cuenta con 30 días para solicitar su RUT ante el Registro Civil, y en caso de no cumplir con esta obligación, será sancionado; generando esta situación mucha incertidumbre en la población migrante al ver que, por los plazos de otorgamiento de la cita, no cumpliría con el plazo legalmente informado.

En vista de lo anterior, las autoridades del Servicio Nacional de Migraciones se vieron en la obligación de emitir un oficio que explique el criterio a adoptar para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 43 de la Ley Nro. 21.325 de Migraciones y Extranjería, siendo que, debido a la disponibilidad de citas del Registro Civil, el plazo de 30 días se contabilizará, desde la entrada en vigencia del permiso de residencia hasta la fecha en que el extranjero toma la cita en el Registro Civil.

Según lo anterior, aun cuando el extranjero no pueda obtener su RUT dentro de los 30 días siguientes a la obtención del visado, debe, obligatoriamente, hacer solicitud de la cita para cumplir con el plazo establecido.

Otro plazo a tener en cuenta, es el plazo de impresión del RUT, presentando una demora aproximada de impresión de 3 semanas para visas por primera vez, y de 1 semana para las renovaciones de visas.

Renovaciones de RUT para chilenos.

El Registro Civil, buscando reducir el retraso existente, ha implementado la renovación de RUT de cédula vencida en línea, este servicio esta dirigido, por el momento, únicamente a personas de nacionalidad chilena, quienes tengan cédula vencida y hayan tenido más de 16 años desde la última cédula obtenida; la cédula solicitada por esta vía tendrá una duración de 3 años.

Se espera que esta medida descongestione el portal de citas del Registro Civil, permitiendo que las solicitudes presenciales puedan reducir su margen de espera de 2 meses.

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