El día 14-05-2022 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nro. 177, que establece formalmente las subcategorías de Residencia Temporaria que regirán en la nueva Ley de Migración y Extranjería, siendo las siguientes:

  1. Reunificación Familiar:
  2. Extranjeros Desarrollan Actividades Remuneradas
  3. Estudiante.
  4. Trabajadores de Temporada.
  5. Oportunidades Laborales.
  6. Sujetos a custodia de Gendarmería de Chile.
  7. Orden Tribunales de Justicia.
  8. Razones Humanitarias.
  9. Acuerdos Internacionales.
  10. Religiosos.
  11. Razones Médicas
  12. Jubilados y rentistas.
  13. Extitulares de Residencia Definitiva.
  14. Inversionistas.
  15. Negocios (multientrada)
  16. Refugiados y Asilados Políticos.

Con este acto, se concreta lo dispuesto en el reciente reglamento de la Ley de Migraciones y Extranjería, procediendo de manera inmediata el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) a dar paso y comenzar a aplicar el criterio dispuesto en el nuevo régimen migratorio en Chile, operando en pleno las subcategorías de residencia temporaria de ahora en adelante para el estudio de nuevas solicitudes de esta condición en el país.

El equipo de EMS – Employee Mobility Solutions está a su disposición para atender cualquier consulta con relación a sus necesidades migratorias en Chile, y aclarar cualquier duda o inquietud sobre la nueva ley.

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