El Registro Civil ha modificado la modalidad de reserva de hora para los extranjeros a través de su portal de atención; en este caso la modificación afecta tanto a los procesos de solicitud de primera cédula (para residencias temporales nuevas), como para los procesos de renovaciones de cédula (en caso de extranjeros que hayan tramitado la prórroga de una residencia temporal, o hayan recibido la aprobación de la residencia definitiva).

En este caso, para los extranjeros que obtienen su primera residencia temporal en Chile, se debe verificar, en primer lugar, que el sistema del Registro Civil haya habilitado al extranjero para avanzar con la solicitud; en caso de que esta habilitación no se haya producido, el sistema no permitirá agendar cita para la solicitud de la primera cédula, debiendo esperar que la información sea enviada por el Servicio Nacional de Migraciones, al Registro Civil, para poder avanzar.

Por otro lado, en los casos de solicitud de cédula para los procesos de prórrogas de residencia temporal o residencia definitiva, el sistema del Registro Civil va a solicitar que primero se ingrese al portal con la Clave Única del extranjero, y al ingresar, poder agendar la cita según la disponibilidad que indique el calendario.

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