Argentina recientemente ha actualizado los requisitos de ingreso al país teniendo en cuenta que se ha detectado la variante Omicron cuya información preliminar indica un riesgo aumentado de transmisión y reinfección comparado con otras variantes y riesgo de respuesta disminuida a las vacunas.

Dada la situación internacional en relación con dicha variante, se consideró fundamental generar estrategias que permitan disminuir la posibilidad de infección a través de la misma.

Los requisitos actuales para el ingreso al país son los siguientes:

  • Completar una Declaración Jurada en la página web de Migraciones dentro de las 48hs previas al embarque. Al salir del país se debe completar la misma Declaración.
  • Prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje o certificado de alta médica emitido dentro de los últimos NOVENTA (90) días previos al inicio del viaje y PCR positivo que acredite que sufrió la enfermedad en ese lapso correspondiéndole dicha alta médica. En la declaración jurada la persona declarante se deberá manifestar sobre el test PCR pre embarque, consignando la fecha de toma de la prueba PCR realizada, el laboratorio que lo respalda y el resultado negativo, sin acompañar el documento en formato digital. Ello, sin perjuicio de que deba portarlo durante su estadía en el país, cuando sea igual o menor a los CATORCE (14) días.
  • Certificado que acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país o de su exención. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sin necesidad de acompañar el mencionado certificado en la declaración. A tal efecto se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación.
  • Seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos. Esto no aplica para argentinos y extranjeros residentes en el país.

Los argentinos y extranjeros residentes o no residentes que ingresen al país, mayores de SEIS (6) años de edad que hayan acreditado estar vacunados con parte del esquema de vacunación o con el esquema de vacunación completo, de acuerdo al país de origen, deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados.

Los argentinos y extranjeros residentes que no presenten esquema de vacunación completo, deberán hacer cuarentena y realizarse un PCR al séptimo día de ingreso, que de dar negativo daría por finalizado el aislamiento. Los y las menores de edad sin vacunación completa están eximidos/as de realizar el aislamiento y no deben realizarse el test PCR al séptimo día. A su vez, los menores de 6 años también están exceptuado/as de presentar el PCR negativo de 72 hs previas al embarque.

Por otro lado, en cuanto la situación epidemiológica, las autoridades sanitarias indicaron que si bien la cantidad actual de casos triplica el mayor número alcanzado desde el inicio de la pandemia, esto no se traduce en un aumento similar de hospitalizaciones en unidades de terapia intensiva ni de fallecidos.

El incremento de casos está acompañado de un mayor número de personas aisladas por ser contactos estrechos y esto pone en riesgo la respuesta de actividades esenciales como salud, seguridad y servicios e impacta en las actividades productivas.

Es por ello que en la reunión que se llevo a cabo el 11 de enero del corriente año, se delinearon las siguientes medidas sobre el aislamiento de contactos estrecho:

  • Los contactos estrechos de un caso de COVID-19 que tengan aplicada la dosis de refuerzo desde hace más de 14 días y no presenten síntomas compatibles a la mencionada enfermedad, serán eximidos de la realización de aislamiento obligatorio estricto, siempre que se cumplan con las medidas de cuidado de manera estricta (uso adecuado de barbijo, ambientes ventilados), se realice automonitoreo diario de síntomas y se evite concurrir a eventos sociales o masivos por 10 días.
  • Las personas con esquema inicial completado dentro de los cinco meses, o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días, que no tengan síntomas y en función de la definición de personal prioritario de cada jurisdicción, podrán disminuir el aislamiento estricto para los contactos estrechos asintomáticos siempre que realicen: un test diagnóstico entre el día tres y cinco; cuidados de manera estricta (usar barbijo en forma correcta y mantener ambientes ventilados); no concurrir a eventos sociales o masivos; y monitorear la aparición de síntomas diariamente.
  • Se mantiene la indicación de cumplir 10 días de aislamiento para quienes sean contacto estrecho asintomático y no se hayan vacunado o tengan el esquema incompleto.
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